El próximo 29 de junio se realizarán las Elecciones Primarias Presidenciales, un proceso electoral fundamental para definir las candidaturas que participarán en las elecciones generales de noviembre.

En esta optunidad, la colectividad “Unidad por Chile” será la única que estará presente en estas elecciones. Los candidatos que representarán a este pacto son: Jeannette Jara (PC y Acción Humanista), Carolina Tohá (Socialismo Democrático), Gonzalo Winter (Frente Amplio) y Jaime Mulet (Federación Regionalista Verde Social).

Naturalmente, el Servicio Electoral de Chile (SERVEL) hizo un llamado a votar a quienes están inscritos como afiliados a los partidos que hayan pactado para participar en este proceso electoral, como así también a aquellos que son independientes y que no pertenezcan a un partido político.

Las votaciones de primarias es totalmente voluntario, pero para quienes hayan salido elegidos como vocales de mesa, es obligatorio.

Naturalmente, para las elecciones parlamentarias y presidenciales de noviembre, el voto es obligatorio.

¿Por qué los canales están obligados a transmitir la franja electoral?

A diferencia de la transmisión de la Cadena Nacional Presidencial, cuya adhesión es voluntaria, cada vez que hay una elección en el país, los canales de televisión están obligados a integrar cadena.

Esto se remonta en 1988 cuando el país se estaba preparando para el Plebiscito en que los ciudadanos votarían por la continuidad de Augusto Pinochet como mandatario (SI) o que el país vuelva a la democracia y que existan elecciones libres al año siguiente (NO).

Ese año se promulgó la Ley 18.700, sobre votaciones populares y escrutinios, cuya última modificación fue en septiembre de 2018.

Además, se añade los reglamentos específicos dictados por el Consejo Nacional de Televisión (CNTV) tanto en garantizar su transmisión como también la recepción de los materiales audiovisuales desde los partidos políticos para su exhibición.

En el artículo 31 de dicha ley, señala lo siguiente:

Los canales de televisión de libre recepción deberán destinar gratuitamente treinta minutos diarios de sus transmisiones a propaganda electoral en los casos de elección de Presidente de la República, de diputados y senadores, únicamente de diputados o de plebiscitos nacionales.

Cuando correspondan elecciones conjuntas de Presidente de la República y de diputados y senadores, los canales de televisión de libre recepción destinarán, también gratuitamente, cuarenta minutos diarios a propaganda electoral, los que se distribuirán en veinte minutos para la elección de Presidente de la República y veinte minutos para la elección de diputados y senadores.

Con esta regla aplicada para todas las concesionarias televisivas (nacional, regional, local y comunitario) se garantiza la equidad y el pluralismo, fomentar la participación informada de la ciudadanía y que los canales que utilizan una concesión televisiva de libre recepción, pueda servir como servicio público para la difusión relevante sobre estos procesos democráticos.

Además, los canales sólo se limitarán a transmitir campañas políticas dentro del bloque destinado por el CNTV y no fuera de ella, como ocurre por ejemplo las radios que transmiten campañas de candidantos durante la programación de cada emisora.

En la ley no especifica las sanciones por no transmitir la franja electoral obligatoria, pero existe la posibilidad de que el CNTV tome medidas contra la concesionaria, lo que va desde una sanción económica hasta el cese de sus transmisiones.

Ahora, con los nuevos canales existentes gracias a la televisión digital terrestre (TDT), las señales secundarias (TVMás2, UCV, NTV, Mega 2, UChileTV, T13 en vivo y canales locales capitalinas) también están obligados a transmitir la franja política.

La transmisión electoral inicia el próximo miércoles 11 al jueves 26 de junio y contará con dos bloques horarios que irán rotando de lunes a domingo: entre las 12:52 a 13:00 hrs y 20:52 a 21:00 hrs.