Tal como se anunció hace algunas semanas, en la jornada de este martes se hizo oficial la modificación del horario de protección al menor.

Esto significa que en vez de las 22:00 hrs, el anuncio en pantalla para el inicio de la programación para mayores de 18 años se realizará a las 21:00 hrs.

La publicación fue hecha en la edición de hoy del Diario Oficial, con la modificación de las normas generales de contenidos de las emisiones de televisión.

“Se establece como horario de protección de los niños y niñas menores de 18 años, el que media entre las 6:00 y las 21:00 horas. Los servicios de televisión deberán comunicar diariamente, mediante una advertencia visual y acústica, el fin del horario de protección y el inicio del espacio en que pueden exhibir programación destinada a público adulto”, señala el artículo 2 de la ley 18.838.

No obstante, esta medida solamente aplica para contenidos y no para ventas publicitarias como son los alcoholes, ya que seguirán transmitiéndose en el horario antiguo.

“La transmisión televisiva de publicidad de bebidas alcohólicas sólo podrá ser realizada entre las 22:00 y las 6:00 horas. Dentro del horario de protección, los servicios de televisión sólo podrán mencionar las marcas de bebidas alcohólicas, cuando dichas marcas formen parte del auspicio o patrocinio de un evento cultural, deportivo u otro de similar naturaleza”, declara el texto.

“Desde el CNTV tenemos la convicción de que esta modificación del horario de protección es un aporte a los esfuerzos del Estado por avanzar en la protección integral de los derechos de NNA, tal como señala el artículo 1 de la Ley sobre Garantías y protección integral de los derechos de la niñez y la adolescencia”, declaró el presidente de la institución, Mauricio Muñoz, en el momento de que los consejeros aprobaron esta decisión.

De esta manera, los canales tantos abiertos y como los de cable deberán informar al público sobre el nuevo horario de protección al menor, el cual desde este 5 de noviembre se encuentra en vigencia.